El ingreso de un ser querido en prisión es un proceso emocionalmente complejo. Mantener el contacto con el exterior busca favorecer la reinserción social, atenuar los efectos del aislamiento y preservar los lazos afectivos. A continuación, detallamos cómo gestionar estos encuentros vitales.
1. Comunicaciones Orales (Por Locutorio o Cristal)
Son las visitas ordinarias. Se realizan en cabinas acristaladas utilizando un interfono, por lo que no existe contacto físico directo.
- Duración y frecuencia: La ley garantiza un mínimo de dos comunicaciones semanales de 20 minutos, pero suele permitirse acumularlas en una visita semanal de 40 minutos (preferentemente en fin de semana).
- Asistentes: Pueden acudir hasta cuatro personas simultáneamente para el mismo interno.
2. Comunicaciones con Contacto Físico (VIS a VIS)
Concebidas principalmente para internos sin permisos de salida. Permiten el contacto físico respetando la intimidad en locales acondicionados. Existen tres modalidades:
Visitas Familiares
Para encuentros con familiares directos o allegados íntimos (hasta 4 personas, incluidos niños).
Frecuencia: Mínimo 1 al mes.
Duración: Entre 1 y 3 horas en estancias con mesa y sillas.
Visitas Íntimas
Destinadas a la pareja o cónyuge. Si no hay matrimonio, se debe acreditar la relación afectiva (mínimo 6 meses).
Frecuencia: Mínimo 1 al mes.
Duración: Entre 1 y 3 horas en habitaciones con cama y aseo.
Visitas de Convivencia
Específicas para fortalecer el vínculo paterno-filial. Asisten la pareja y los hijos menores de 10 años (hasta 6 familiares habitualmente).
Frecuencia: 1 al trimestre.
Duración: Hasta 6 horas en locales amplios, a veces con zonas de juegos infantiles o expendedoras.
3. Pasos para solicitar una visita
Para asistir a prisión es indispensable seguir un procedimiento estricto de autorización:
- 1. Autorización previa (La Instancia): El interno debe solicitar mediante una "instancia" a la Dirección la inclusión de sus visitantes, aportando parentesco y fotocopias del DNI/Libro de Familia. La lista se puede modificar cada 6 meses.
- 2. Cita Previa: Una vez autorizados, los familiares deben solicitar día y hora. Puede hacerse llamando a los teléfonos oficiales o en el portal citaprevia.iipp.es, utilizando el número NIS del interno y el DNI del visitante.
4. El Día de la Visita: Normas de Seguridad
El entorno penitenciario aplica normas estrictas para evitar el acceso de sustancias prohibidas:
- Puntualidad: Llegar 30-45 minutos antes con el DNI/NIE/Pasaporte original en vigor.
- Control y Cacheos: Se pasa por arcos de metales y escáner. Si hay sospechas fundadas, el Jefe de Servicios puede ordenar un cacheo con desnudo integral. Si te niegas, la visita se cancela.
- Objetos prohibidos: En los vis a vis no entran bolsos, móviles ni comida de fuera (se dejan en taquillas exteriores). A veces se permiten snacks comprados previamente en el economato.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Cómo acreditar una relación para un vis a vis íntimo sin estar casados?
El centro exige una estabilidad demostrable (generalmente 6 meses) mediante:
- Acreditación documental: Certificado de pareja de hecho, certificado de convivencia o libro de familia.
- Informe Social: Si no hay documentos oficiales, un profesional del centro puede emitir un informe para valorar y dar por probada la relación.
¿Qué derechos tienen los menores para visitar a sus padres en prisión?
El Art. 160 del Código Civil garantiza su derecho a relacionarse, obligando a facilitar traslados fuera de horario escolar. Los menores pueden asistir a locutorios, vis a vis familiares y de convivencia (especial para menores de 10 años).
Restricciones: El derecho se suspende (Art. 94 CC) en casos de delitos contra la vida, integridad o libertad sexual del otro cónyuge/hijos, o por violencia de género, salvo resolución judicial motivada.
¿Cómo solicitar judicial o administrativamente una visita de convivencia trimestral?
Sigue estos pasos:
- El interno redacta una instancia a Dirección solicitando la comunicación de convivencia, aportando DNI de los adultos y Libro de Familia.
- El centro evalúa y aprueba si se cumplen los requisitos (pareja e hijos menores de 10 años).
- Una vez en la lista, el familiar pide la Cita Previa por teléfono (91 335 60 99 / 913 35 50 59) o en la web citaprevia.iipp.es con el NIS del interno.
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